Falta de pago de cánones no siempre imposibilita actuación del arrendatario en proceso reivindicatorio (3:22 p.m.)
17 de Julio de 2013
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Nota:
89629
La Sala Civil de la Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia en un proceso de restitución de inmueble arrendado y amparó el derecho fundamental al debido proceso del demandado. En el caso en estudio, el actor controvirtió la existencia de un contrato de arrendamiento argumentando la prohibición de la propietaria de la finca para darla en tenencia, lo que hacía viable analizar la defensa sin que debiera acreditarse el pago de los cánones. Según la sentencia de tutela, cuando en estos procesos se fundamenta la falta de pago de los cánones, solo es posible inaplicar el artículo 424 del Código de Procedimiento Civil (escuchar al demandado) sin que consignen los dineros que se reclaman; si propone excepción de falta de competencia o argumenta dudas graves acerca de la existencia del contrato o de las cláusulas negociales que se pretenden hacer valer (M. P. Fernando Giraldo Gutierrez).
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