Extra Publican fallo sobre inexequibilidad de normas que flexibilizaban la unidad agrícola familiar (3:30 p.m.)
29 de Abril de 2013
Reproducir
Nota:
87983
Ocho meses después de anunciar el sentido de su decisión a través de un comunicado de prensa, la Corte Constitucional publicó el texto de la sentencia que declaró inconstitucionales los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 1450 del 2011 (Plan de Desarrollo 2010 - 2014), que autorizaban la venta, el uso y aprovechamiento de terrenos adjudicados por el Estado a través del subsidio integral de tierras para consolidar propiedades de gran extensión en beneficio de proyectos agropecuarios y forestales especiales. Según la providencia, el campo no es solo un área geográfica ordenada por regímenes nacionales o locales, por derechos de propiedad privada, posesiones, ocupaciones, planes de ordenamiento territorial y por tierras baldías que administra el Estado; también es un bien jurídico protegido que garantiza derechos subjetivos, individuales, sociales, colectivos, una herramienta básica de la pervivencia y el progreso personal, familiar y social. A juicio del alto tribunal, el campesino es sujeto de especial protección constitucional y su relación con la tierra debe privilegiarse y priorizarse con políticas económicas de intervención. Estas normas constituían una restricción a la libertad de disposición del propietario sobre el bien adquirido frente a los atributos predicables del derecho de propiedad en el régimen común, agregó. Los magistrados Mauricio González, Gabriel Eduardo Mendoza, Jorge Ignacio Pretelt y Humberto Sierra Porto salvaron su voto (M. P. Adriana María Guillén Arango).
Opina, Comenta