Establecen reglas para demostrar derecho de dominio sobre bien objeto de adjudicación, cuando es producto de herencia (11:11 a.m.)
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08 de Noviembre de 2013
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El Consejo de Estado determinó que para demostrar legitimidad en la causa de un proceso de adjudicación por herencia es necesario aportar el título y el modo, lo que equivale a la sucesión por causa de muerte, pues solo en esos términos se acredita el derecho de dominio. Así las cosas, en estos casos es necesario demostrar la muerte del anterior propietario, la vocación hereditaria respecto del bien y el que el interesado demuestre la asignación que a su nombre se hizo en la sucesión, sin omitir la respectiva certificación de aceptación de esta por parte suya. La sala aclaró que si en el curso de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho sobre el acto adjudicatario está en trámite el proceso de sucesión, es necesario aclarar que las pretensiones son a favor del patrimonio exigido en este último trámite y no a favor de los particulares interesados en él (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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