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Entrega de saldos a los herederos de un afiliado a un fondo mutuo de inversión requiere juicio de sucesión (12:35 p.m.)

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27 de Octubre de 2011

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Si un afiliado a un fondo mutuo de inversión fallece y tiene herederos forzosos, deben tenerse en cuenta las reglas propias del proceso sucesoral y entregar los recursos a un administrador de la herencia, que puede ser uno de los herederos o un albacea designado por acto testamentario, precisó la Superintendencia Financiera. En cuanto a la entrega directa de los recursos sin juicio de sucesión e inembargabilidad, la entidad señaló que estos hacen parte de la masa sucesoral, por lo que es indispensable efectuar el trámite de sucesión notarial o judicial pertinente, para efectos de liquidar y adjudicar el patrimonio.

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