14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


En procesos de restitución internacional de menores se debe hacer un análisis ponderado y aplicar perspectiva de género

14 de Septiembre de 2023

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El proceso judicial de solicitud de restitución internacional de menores de edad debe implicar siempre un análisis ponderado, proporcionado y razonable, para maximizar la garantía de los derechos fundamentales de los menores y, así mismo, aplicar la necesaria perspectiva de género frente a posibles escenarios de violencia contra la mujer. Así lo precisó la Corte Constitucional al conceder el amparo de los derechos a la familia, al acceso a la administración de justicia y a vivir una vida libre de violencias de la accionante, así como los derechos de su menor hijo a tener una familia y no ser separado de ella y al respeto por su interés superior.

Para la Sala, el tribunal accionado incurrió en defectos fáctico, sustantivo y por violación a la Constitución, pues ante la realidad procesal sobre la situación del menor y la posible violencia en contra de la mujer omitió asumir activamente el deber probatorio para establecer si la orden de restitución garantizaba el interés superior del niño. Además, no desplegó actuaciones procesales para determinar si era posible considerar la voluntad de aquel. (Lea: [ambitojuridico.com/noticias/civil/explican-como-opera-la-restitucion-internacional-de-menores-cuando-se-presenta]Explican cómo opera la restitución internacional de menores cuando se presenta retención ilícita).

Enfoque de género

 

De igual forma, agregó, no aplicó el enfoque de género para verificar probatoriamente el posible escenario de violencia contra la mujer y el impacto de esta situación en el bienestar del niño. También valoró indebidamente la conducta procesal de la mujer, lo que configuró un manifiesto acto que perpetúo la discriminación en su contra.

La corte dejó sin efectos la sentencia de segunda instancia y ordenó al ICBF y al Ministerio de Relaciones Exteriores, con la colaboración de autoridades españolas, localizar al menor y brindarle acompañamiento sicológico y de trabajo social. Adicionalmente, verificar que no esté inmerso en escenarios de violencia intrafamiliar y examinar el impacto de su posible retorno a Colombia.

Tras recopilar esta información, y en un término perentorio, el tribunal de segunda instancia deberá proferir una nueva decisión, con plena observancia del interés superior del menor y de la aplicación de perspectiva de género ante un posible escenario de violencia contra la mujer y en garantía del debido proceso (M. P. Juan Carlos Cortés González).

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