Efectos legales de las uniones maritales no quedan al arbitrio de sus integrantes (4:00 p.m.)
25 de Enero de 2013
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Nota:
85445
La Corte Suprema de Justicia reiteró que la unión marital de hecho da origen a un estado civil, si cumple con los requisitos de comunidad de vida permanente y singular entre dos personas. Esta circunstancia tiene gran connotación, pues trasciende al campo del orden público, lo que impide que la calidad de compañero o compañera permanente dependa de que esta se admita o niegue a conveniencia de cualquiera de los integrantes de la familia natural (M.P Fernando Giraldo Gutiérrez).
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