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Dilaciones en práctica de pruebas en el restablecimiento de derechos del menor puede acarrear responsabilidad disciplinaria (8:00 a.m.)

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24 de Febrero de 2016

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El defensor de familia competente, como director del proceso administrativo de restablecimiento de derechos, una vez ha decretado las pruebas pertinentes y conducentes debe proceder a su práctica junto con el equipo interdisciplinario, si este se requiere, para que, en conjunto con el acervo probatorio, se proceda a definir la situación jurídica del menor. Si se deben practicar fuera de la sede o área de influencia, el funcionario deberá comisionar para el efecto, indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Dichas facultades legales de verificación hacen imperativo evitar dilaciones en los procedimientos, so pena de las responsabilidades disciplinarias, fiscales o penales a que haya lugar, cuando de las mismas se derive la vulneración de derechos de los menores, a quienes, además, no se les defina la situación jurídica.    

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