Destinación específica de modo en asignaciones testamentarias no suspende la adquisición del bien (8:45 a.m.)
08 de Abril de 2013
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Nota:
86979
Si un inmueble es asignado mediante testamento a una entidad pública, para que lo tenga por suyo con la obligación de aplicarlo a un fin especial, como hacer ciertas cosas o sujetarse a ciertas cargas, esta destinación específica es un modo y no una condición suspensiva, por lo que no se suspende la adquisición del bien asignado, indicó la Contraloría General de la República. Lo anterior sin perjuicio de la ejecución de la cláusula resolutoria que se pudo incluir para garantizar el cumplimiento del modo.
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