Corte Constitucional reitera el llamado a suprimir los requisitos innecesarios que vulneran los derechos de las parejas homosexuales (4:53 p.m.)
23 de Enero de 2012
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Nota:
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La Corte Constitucional reiteró el llamado que les ha hecho a las autoridades administrativas y a los jueces en varias ocasiones, para que supriman todas las trabas y los requisitos innecesarios que impiden que la población homosexual acceda al pleno reconocimiento de sus derechos. La Sentencia T-717 del 2011, publicada recientemente, recuerda que la declaración de la unión marital de hecho entre parejas homosexuales no está sometida a una tarifa legal en materia probatoria. Por eso, no puede exigirse una declaración notarial ni un acta de conciliación como prueba de esas uniones. Hay que valorar todos los medios probatorios que se alleguen al proceso, como las declaraciones de testigos y los interrogatorios de parte, señaló la Corte. En el caso en estudio protegió los derechos al debido proceso, la personalidad jurídica y al estado civil del tutelante (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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