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Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Corte Constitucional avala normas sobre proyectos productivos en predios que deben ser restituidos a las víctimas (3:19 p.m.)

30 de Noviembre de 2012

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Nota:
84914
Para la Corte Constitucional, la norma que dispone que el magistrado entregará a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas los proyectos agroindustriales desarrollados en predios objeto de restitución para los eventos en los que el poseedor vencido en un proceso de restitución no hubiere conseguido probar la buena fe exenta de culpa, no desconoce el derecho a la reparación de las víctimas ni la garantía de restitución, tampoco el derecho de propiedad, al libre desarrollo de la personalidad y a la igualdad. Esta norma fue declarada exequible, siempre y cuando se entienda que la entrega del proyecto productivo y las condiciones de su explotación proceden si existe consentimiento de la víctima restituida y los recursos destinados a la reparación colectiva provienen del producido del proyecto, descontada la participación de la víctima. Por otra parte, el alto tribunal se atuvo a lo resuelto en la sentencia C-715 del 212 sobre los incisos 1º y 3º del artículo 99 de la Ley 1448 del 2011. El magistrado Jorge Ignacio Pretelt salvó su voto y también lo aclaró junto a los magistrados Alexei Julio, Luis Guillermo Guerrero y Jorge Iván Palacio (M.P. Mauricio González Cuervo).

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