Corte Constitucional amplió derechos sucesorales a compañeros permanentes y a parejas homosexuales (11:33 a.m.)
30 de Marzo de 2012
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Nota:
80025
La Corte Constitucional extendió a compañeros permanentes y a parejas homosexuales la posibilidad de ser titulares de la sucesión intestada, ser incluidos en el segundo y tercer orden hereditario y ser excluidos de la porción conyugal por caer en pobreza. Para la Corte, el silencio del legislador constituye una omisión relativa, al prever la vocación hereditaria solo para el cónyuge que sobrevive al causante. Por esa razón, recordó que las parejas homosexuales que viven en unión de hecho forman parte de una familia, porque el elemento que confiere esa naturaleza no es la heterosexualidad o la consanguinidad, sino el afecto que da lugar a su existencia. En ese sentido, condicionó la exequibilidad de las expresiones “cónyuge” contenidas en los artículos 1040, 1046, 1047 y 1233 del Código Civil, en el entendido de que con esta palabra también se comprende al compañero o compañera permanente de distinto sexo o del mismo sexo que conformó con el causante, a quien sobrevive, una unión de hecho. El magistrado Nilson Pinilla anunció su salvamento de voto, mientras los magistrados Gabriel Mendoza y Jorge Ignacio Pretelt informaron que presentarán aclaraciones de voto (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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