Consejo Superior establece tarifas de agencias en derecho por desistimiento (3:45 p.m.)
09 de Julio de 2013
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Nota:
89849
La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura estableció que la tarifa de agencias en derecho será de un salario mínimo legal diario cuando el accionante desista de la demanda luego de quedar en firme la sentencia a su favor, es decir, en el momento en que renuncia a los efectos de la providencia que acogió sus pretensiones, que ordenó seguir adelante la ejecución o que impuso alguna condena a su favor. Así mismo, indicó que el monto será igual cuando el acreedor desista de la demanda en un proceso ejecutivo en el cual no se hayan expuesto excepciones antes de que se profiera el auto que ordene seguir adelante con la ejecución, siempre y cuando no se hayan practicado medidas cautelares. En esos términos se adicionó un aparte al artículo 6º del Acuerdo 1887 del 2003, fijando las tarifas de agencias en derecho aplicables a los procesos judiciales de carácter civil, comercial, agrario y de familia.
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