Reunión ordinaria de copropietarios suspendida puede continuar mediante reunión extraordinaria (2:55 p.m.)
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05 de Octubre de 2011
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La asamblea ordinaria de copropietarios que ha sido suspendida se puede continuar mediante la celebración de una reunión extraordinaria, la cual se citaría en cualquier momento, cuando las necesidades urgentes o imprevistas del edificio o conjunto así lo ameriten, indicó el Ministerio de Ambiente. Los conflictos entre propietario o arrendatarios del edificio o entre aquellos y el administrador, el consejo de administración o cualquier otro órgano de dirección o control pueden resolverse acudiendo al comité de convivencia, mecanismos alternos de solución de conflictos o a la autoridad judicial competente.
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