Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Reiteran que procedencia de exequátur de sentencia extranjera requiere que esta respete el orden público interno (10:25 a.m.)

Openx [71](300x120)

87636

12 de Abril de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La procedencia del exequátur de sentencia extranjera no solo requiere probar la reciprocidad diplomática, sino también que ella no viole el orden público interno concebido según el derecho internacional privado, reiteró la Sala Civil de la Corte Suprema. Al respecto indicó que tal concepto debe aplicarse en un sentido restrictivo, es decir, limitado a los fundamentos básicos del ordenamiento jurídico. De esa forma, únicamente una incompatibilidad grave entre la decisión judicial y los principios fundamentales de la normativa nacional conduce a que ella no pueda ser homologada, aclaró la corporación. Con estos argumentos, la Sala ordenó homologar un fallo proferido por un juzgado de Barcelona (España) que aprobó la adopción de una menor nacida en Colombia por parte de un ciudadano español, por no desconocer las normas que rigen esa figura en Colombia (M. P. Ariel Salazar).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)