Civil
Recuerdan que inscripciones en registro civil efectuadas por inspectores de policía son válidas
02 de Septiembre de 2014
Las inscripciones en el registro del estado civil de las personas, como los registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción, efectuadas por los corregidores o inspectores de policía autorizados para ello son válidas y surten todos los efectos civiles, indicó la Superintendencia de Notariado y Registro (Supernotariado).
La Ley 962 del 2005, sobre racionalización de trámites, le delegó a la Registraduría Nacional del Estado Civil la facultad de autorizar a los inspectores y corregidores para llevar el registro civil.
Por otro lado, destacó que existe una marcada diferencia entre el reconocimiento de un documento y su autenticación. El primero, indicó, se refiere a la manifestación que hace el compareciente en cuanto a que el contenido del documento es cierto y es esa la firma que utiliza en todos sus actos públicos y privados.
La autenticación, en cambio, es el testimonio que da el notario en cuanto a que las firmas fueron puestas en su presencia, previa identificación de los firmantes, o a que las que aparecen en el documento corresponden a las registradas ante él, previa confrontación.
(Superintendencia de Notariado y Registro, Concepto 1601, mayo 13/14)
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