Notarías deben compulsar copias de los documentos que son protocolizados a través de escritura pública (3:33 p.m.)
09 de Julio de 2012
Reproducir
Nota:
82338
La Corte Suprema de Justicia advirtió que las notarías deben compulsar las copias de los documentos que son protocolizados a través de escritura pública, pues es allí donde reposa el original de las actuaciones. De esta forma, la Sala Civil ordenó a una notaría acceder a la petición de copias que hizo el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social sobre la protocolización de un proceso arbitral, necesario para adelantar un proceso ejecutivo. Para el alto tribunal, este deber está dado por los artículos 56 y 80 del Decreto 960 de 1970 (Estatuto de Notariado). Esta obligación debe ser armonizada con el artículo 115 del Código de Procedimiento Civil, que regula la expedición de copias de actuaciones judiciales, puntualizó (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).
Opina, Comenta