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Civil


Niegan nulidad de sentencia que exhortó a legislar sobre unión de parejas homosexuales

La Corte Constitucional descartó que se haya presentado alguna irregularidad al proferir el fallo, ya que en todo momento se observó el debido proceso.
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25 de Julio de 2013

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Por unanimidad, la Corte Constitucional negó la solicitud de nulidad presentada por la Procuraduría General de la Nación contra la Sentencia C-577 del 2011, que exhortó al Congreso a legislar sobre una institución contractual que les permita a las parejas homosexuales constituir una familia.

 

El alto tribunal reiteró que este mecanismo procesal no puede ser empleado para reabrir un debate concluido, sobre el cual, además, intervino en su oportunidad el Ministerio Público, al emitir el concepto de rigor.

 

Igualmente, señaló que los cuestionamientos de la Procuraduría hacen parte del desacuerdo o inconformismo con la decisión adoptada por la corporación, por lo que no constituyen argumentos para solicitar la nulidad.

 

La Corte descartó que se haya presentado alguna irregularidad al proferir la sentencia, ya que en todo momento se observó el debido proceso.

 

Los magistrados Mauricio González, Gabriel Mendoza, María Victoria Calle, Nilson Pinilla, Luis Ernesto Vargas y Jorge Iván Palacio presentaron aclaraciones de voto.

 

En mayo pasado, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez,  sostuvo que ni el Gobierno, ni la Superintendencia de Notariado y Registro, ni los notarios, ni los jueces, ni ninguna otra autoridad pública puede asumir las funciones del Congreso de la República y legislar “de manera sistemática y organizada” sobre los derechos de las parejas del mismo sexo. 

 

Los jueces y notarios no están obligados o si quiera facultados para diseñar un vínculo contractual o un contrato y mucho menos para introducir una nueva institución al ordenamiento jurídico o reformar una ya existente”, señaló Ordóñez, en esa oportunidad.

 

(Corte Constitucional, Comunicado, jul. 24/13)

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