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Ley que reguló la unión marital de hecho aplica retrospectivamente (2:27 p.m.)

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27 de Enero de 2012

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La ley que reguló la unión marital de hecho (Ley 54/90) tiene aplicación retrospectiva, por ende, la norma cobija las situaciones jurídicas que venían desarrollándose antes de su vigencia. Así lo afirmó la Sala Civil de la Corte Suprema, en sentencia del pasado 12 de diciembre, al señalar que los efectos patrimoniales de esta ley no pueden diferirse al término de dos años establecido en ella, pues eso implicaría perpetuar la injusticia que quiso eliminar la misma norma. Por otro lado, la Corte añadió que la singularidad que condiciona la creación de la unión marital de hecho solo se disuelve con la separación física y definitiva de los compañeros permanentes, por ende, la infidelidad no la destruye automáticamente. Los magistrados Ruth Marina Díaz y Fernando Giraldo Gutiérrez salvaron voto parcialmente, pues en su opinión la Ley 54 es irretroactiva y no puede aplicar a relaciones jurídicas creadas con anterioridad a su vigencia (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).

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