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Hijos que no son herederos no pueden cuestionar los negocios de sus padres (10:50 a.m.)

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20 de Septiembre de 2012

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Las irregularidades sustanciales en un contrato solo pueden ser invocadas por quienes fueron parte de este, salvo que se trate de terceros con interés. Así lo dijo la Corte Suprema de Justicia al recordar que los descendientes de quien celebra el negocio no pueden valerse de la condición de herederos que aún no tienen para cuestionar los negocios de sus padres. En ese sentido, señaló que el interés en la herencia es una mera expectativa que no es tutelada por el ordenamiento jurídico, dado que en vida del causante nadie puede considerarse heredero. De esta forma, los sucesores, como continuadores de la personalidad jurídica y receptores del patrimonio del causante, tienen dicha facultad luego de la muerte del mismo. Con estos argumentos, la Sala Civil casó una sentencia que encontró legitimados a quienes discutieron una donación celebrada por su padre e iniciaron el proceso respectivo cuando aún vivía (M.P. Ruth Marina Díaz Rueda).

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