Heredero deberá declarar la ganancia ocasional considerando el valor patrimonial de los inmuebles en la última declaración de renta de la sucesión (8:00 a.m.)
13 de Abril de 2010
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Nota:
65583
Teniendo en cuenta que en el evento de un no obligado a llevar contabilidad la sucesión ilíquida debe declarar los bienes inmuebles por el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el avalúo o autoavalúo catastral, actualizado al final del ejercicio, el heredero deberá declarar la ganancia ocasional considerando el valor patrimonial de los inmuebles conforme con la última declaración de renta de la sucesión. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de marzo.
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