Error de digitación en la fecha de fijación del edicto no tiene incidencia negativa por sí solo en el ejercicio del derecho de defensa (2:17 p.m.)
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13 de Junio de 2012
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La Corte Suprema de Justicia descartó que el error de digitación en la fecha de fijación del edicto impida por sí solo que el acto procesal cumpliera con los efectos de notificación de la sentencia. En otras palabras, aclaró que esos errores mecanográficos no tienen incidencia negativa en el derecho de defensa. Para la Corte, lo importante es que en el edicto se identifique plenamente la providencia que se notifica, sin dejar duda alguna respecto a la fecha de esta. En el caso concreto, como la parte interesada acudió a notificarse personalmente cuando se realizó la publicación, concluyó que la irregularidad fue convalidada. En el fallo se aclaró que no puede alegarse que el proceso permanece en el despacho para no interponer en tiempo el recurso de apelación (M.P. Jesús Vall de Rutén Ruiz).
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