Eliminación del régimen de copropiedad no desvirtuaría los derechos de servidumbre pactados con prestadores de servicios públicos (4:25 p.m.)
13 de Julio de 2012
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Nota:
82205
El derecho de servidumbre es un derecho de carácter real, es decir, está vinculado directamente con el inmueble y no con la persona o personas que lo poseen o se reputan dueños, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. Por lo tanto, eliminar el régimen de copropiedad no desvirtuaría el derecho de servidumbre pactado con el prestador de servicios públicos, una vez registrado. Por el contrario, la destrucción del edificio se enmarca en la premisa de que los bienes sobre los que recae la servidumbre no permitirán su uso en los términos planteados para su constitución.
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