Debe verificarse la naturaleza privada del bien sobre el que recae la posesión en proceso de pertenencia
14 de Diciembre de 2020
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Nota:
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La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas por haberse poseído durante cierto lapso de tiempo y concurriendo varios requisitos legales, recordó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. Además, precisó que esta puede ser ordinaria o extraordinaria según si la posesión procede de justo título y buena fe (posesión regular) o no (posesión irregular). Cabe recordar que esta posesión está conformada por dos elementos estructurales: el corpus, esto es, el ejercicio de un poder material (señorío de hecho), que se revela con la ejecución de aquellos actos que suelen reservarse al propietario (artículo 981 del Código Civil) y el animus domini, entendido como la voluntad o autoafirmación del carácter de señor y dueño con el que se desarrollan los referidos actos. Con lo precedente, y acorde con la regulación vigente sobre el tema, precisó que es necesario que en el trámite de pertenencia se verifique, suficientemente, la naturaleza privada del bien sobre el que recae la alegada posesión, pues de lo contrario la frustración del petitum es ineludible (M. P. Luis Alonso Rico Puerta).
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