Custodio de perro potencialmente peligroso debe responder por los perjuicios que cause el animal (8:32 a.m.)
10 de Febrero de 2020
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Nota:
115211
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia conoció la tutela instaurada por el custodio de un perro potencialmente peligroso, con la que pretendía dejar sin efectos la decisión que lo condenó al pago de los perjuicios causados a una ciudadana, luego de que el animal la atacara y le causara graves lesiones físicas y emocionales. Si bien el actor reprochaba que no se hubiese analizado que los hechos objeto de debate sucedieron en una servidumbre de tránsito de propiedad privada, la Sala respaldó la postura del juzgado querellado, según la cual el dueño de un can está obligado a tomar las previsiones necesarias de cuidado, custodia y guarda jurídica del mismo e indemnizar por los daños que dichos animales llegaren a causar, así el daño se produzca en una vía pública o privada, de un centro urbano o rural. En efecto, advirtió que en estos eventos se entiende que se infringen los deberes de cuidado y vigilancia que le imponía su condición de garante del perro y, en atención al principio de solidaridad que pregona un Estado social de derecho, dejar de adoptar las medidas de precaución pertinentes y dejar de actuar con diligencia y cuidado lo hace civilmente responsable (M. P. Luis Armando Tolosa).
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