Consejo de Estado revoca condena por no haberse acreditado existencia de falla médica (2:35 p.m.)
15 de Febrero de 2013
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Nota:
86299
El Consejo de Estado revocó la condena impuesta por el deceso de una paciente luego de una cirugía que se le practicó en un hospital universitario de Popayán. El tribunal atribuyó la responsabilidad pues el daño se produjo por trasladar a la paciente a una sala de recuperación sin oxígeno. La Sección Tercera concluyó que no se configuró falla del servicio debido a que la causa de la muerte obedeció a un proceso anormal y súbito sin falla médica. Además, la normativa existente sobre infraestructura en salud (Resolución 4445, Decretos 5042 y 2240 del 1996 y Resolución 1043 del 2006) no exige que habitaciones hospitalarias tengan instalaciones fijas de oxígeno, agregó (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).
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