Casos de restablecimiento de derechos por violencia intrafamiliar son competencia de las comisarías de familia (8:00 a.m.)
03 de Septiembre de 2012
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Nota:
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El Consejo de Estado recordó que las comisarías de familia solo tienen competencia para aplicar medidas que mitiguen la violencia intrafamiliar cuando existen actos que van en contra de la unidad y armonía del núcleo familiar compuesto por los cónyuges o compañeros permanentes; padre y madre; los ascendientes o descendientes de estos, incluidos los hijos adoptivos, y todas las demás personas que integren la unidad doméstica. En casos en los cuales no se encuentren inmersas en el conflicto algunas de estas personas, sino otros miembros de la familia, no se puede hablar de violencia intrafamiliar y el proceso de restablecimiento de derechos le corresponde a la dependencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) asignada. El pronunciamiento lo hizo la Sala de Consulta y Servicio Civil al resolver un conflicto de competencias administrativas entre una comisaría de familia y la defensoría de familia del ICBF para atender un caso de presunta agresión sexual a una menor por parte de un tío que no vivía en la misma casa de la víctima. La sala asignó la competencia al ICBF (C. P. Augusto Hernández Becerra).
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