Adicionan efectos jurídicos a la orden de baja de bienes muebles en la Supersalud (8:25 a.m.)
31 de Mayo de 2013
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Nota:
88936
Mediante la Resolución 886 del pasado 21 de mayo, la Superintendencia Nacional de Salud adicionó el artículo 11 de la Resolución 1131 del 2010, en relación con los efectos jurídicos de la orden de baja de bienes muebles, en el sentido de agregar la destrucción de los bienes en las condiciones señaladas en el numeral 5.2.5 del procedimiento de baja dentro del proceso de gestión administrativa y financiera de la entidad, de acuerdo con la Resolución 1307 del 2010, sobre bienes que carecen de valor comercial y cuya enajenación no es posible.
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