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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Análisis


Medidas desesperadas en materia laboral

20 de Mayo de 2020

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Fabio Rogelio Cárdenas Higuera

Director Fabio R. Cardenas H. Abogados SAS

Abogado asesor de empresas y especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social

 

Ahora que el país se encuentra más preparado para enfrentar los nefastos efectos de la pandemia, pues se han hecho inversiones para mitigar la deuda histórica en materia de salud, y ad portas de finalizar el confinamiento preventivo obligatorio, que se ha levantado poco a poco, es necesario reflexionar sobre la situación en que se encuentran actualmente las relaciones de trabajo y de lo que seguramente vendrá hacia el futuro.

 

Es un hecho que, durante la etapa de cuarentena obligatoria, algo más de dos meses, las relaciones de trabajo se han visto afectadas en todos los sectores de la economía nacional, que presenta resultados nefastos para el desarrollo económico del país y, obviamente, el empleo resulta ser el mayor afectado por tal situación.

 

El Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio del Trabajo, ha intentado de muchas formas proteger el empleo de los colombianos. Debe reconocerse que desde ese ministerio se ha pretendido mitigar el impacto de la pandemia, generando sugerencias como el trabajo en casa, el otorgamiento de vacaciones causadas o anticipadas y otra serie de ideas comunicadas mediante simples circulares que llegaron, incluso, a desinformar y a hacer advertencias de acciones sancionatorias a los empleadores, olvidando también su calidad de víctimas de las circunstancias, sin tener en cuenta que muchos de ellos perdieron la oportunidad de desarrollar sus actividades en forma total y, por lo menos, parcial, por lo que les fue muy difícil o imposible implementar las ingeniosas soluciones propuestas.

 

En todo caso, y pese a estos esfuerzos y apoyos del Gobierno Nacional, es claro que esta calamidad deja sin empleo a miles de trabajadores y que en el futuro hará lo mismo a muchos otros, pues la brutal desaceleración de la economía, proyectada inicialmente para un crecimiento del 3,14 % para el 2020, hará que en realidad la misma pueda llegar decrecer sobre el orden de un 3 % o, incluso, llegará a cifras negativas, y que la normalización de la misma se demorará un tiempo importante, haciendo que la tasa de desempleo en Colombia pueda estar rondando un 17 % en promedio durante este año.

 

Semejante hecatombe en el empleo impone la necesidad de adoptar medidas desesperadas, pero no por ello no pensadas. Es momento de repensar las formas de generar empleo y, por qué no decirlo, disminuir el costo de generar el mismo; trabajadores y empleadores, con el acompañamiento del Estado, deben llegar a acuerdos que faciliten la generación de empleo formal, ya que la tasa de informalidad, que en el 2019 llegó a un absurdo 47 %, mostrará tendencia a crecer a porcentajes verdaderamente lamentables. Es este el momento de abandonar las férreas posturas de los generadores de empleo y de los representantes de los trabajadores. Hay que entender que debemos enfrentar el problema del desempleo poniendo en marcha nuevas formas de contratación que propugnen por la generación de empleo decente, pero sostenible.

 

Asuntos como la contratación por horas, el desmonte de algunos beneficios extralegales, contenidos en convenciones colectivas de trabajo en pactos colectivos o generados en fallos arbitrales, tienen que llamar la atención de sus protagonistas que deberían encontrarse para hacer la revisión de estos acuerdos, entendiendo, como premisa, que no se trata de la pérdida de conquistas de los trabajadores, si no de mitigar costos laborales que redunden en la generación de empleo formal en las empresas en las que se logre la disminución de los mismos, exigiendo a estas el crecimiento de su planta de personal en un porcentaje que se considere con la supresión de beneficios. Dichos acuerdos, incluso, podrían no consistir necesariamente en la anulación de los beneficios, también podría pactarse en una simple suspensión temporal de los mismos.

 

Otra opción viable sería el regularizar la contratación por horas, creemos que definitivamente es mejor contratar trabajadores por horas, beneficiarios de las bondades de la formalidad en el empleo, antes que seguir en la informalidad sin ninguna garantía, por fuera del ordenamiento legal del trabajo o bajo contrataciones absolutamente irregulares en las que, incluso, se les da el pomposo estatus de “asociados”, pero sin ninguna garantía al menos en materia de seguridad social.

 

Debe recordarse que, en Colombia, de tiempo atrás, el trabajo por horas se encuentra regulado en el artículo 45 del Código Sustantivo del Trabajo, que permite contratar por el tiempo que dure una labor u obra, incluso puede contratarse por medio tiempo. Lo importante es regularizar la forma como estos trabajadores accederían al Sistema General de Seguridad Social, en especial en cuanto a la base de su cotización. Eso sí, de regularse en forma más concreta este tipo de contratación, deberá establecerse que la misma está dirigida a mitigar y evitar el crecimiento de la informalidad, por lo que deberá estar dirigida a personas desempleadas y trabajadores informales, que seguramente van a ser muchos después de la cuarentena obligatoria.

 

Finalmente, se podría considerar la generación de empleo formal, pero con algunas condiciones especiales y temporales, como la rebaja en algún porcentaje para el auxilio de cesantía o la prima de servicios, la no generación de recargos por trabajo nocturno, etc., situaciones que de alguna forma ya hacen presencia en nuestro ordenamiento laboral, como, por ejemplo, en la jornada especial de 36 horas. En fin, es tiempo de reinventar el empleo, privilegiando su cobertura y formalidad, pero siendo conscientes que para lograrlo muy seguramente habrá de aminorar algunos costos que actualmente dificultan el acceso al mismo.

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