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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Análisis

Análisis


Proyectos mineros, de hidrocarburos e infraestructura: ¿un tema de ordenamiento territorial?

18 de Julio de 2017

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Luis Fernando Macías Gómez

Socio Macías Gómez & Asociados Abogados

lufemago@maciasabogados.com

 

La oposición de amplios sectores de la sociedad al desarrollo de proyectos de infraestructura, mineros y de hidrocarburos está actualmente en el centro del debate en diversos países. En unos con mayor conflictividad que en otros. Desde EE UU, con la revocatoria de la prohibición de construcción de un oleoducto con Canadá; pasando por Francia, por la oposición a la construcción de un aeropuerto; Noruega y Bolivia, con la oposición de comunidades locales o autóctonas a la construcción de vías; Ecuador, con la oposición al desarrollo de ciertos proyectos de hidrocarburos, en fin, existe una gran agitación en torno a este tipo de ejecución de proyectos.

 

Colombia, naturalmente, no escapa a esta problemática, con el ingrediente propio de su realidad confrontacional y, sobre todo, la tendencia a asumir posiciones y no reflexiones. Los debates, si se pueden llamar así, se parecen más a discusiones entre hinchas fanáticos que entre ciudadanos viviendo en democracia.

 

Lo que se quiere plantear en el presente escrito es si la oposición en el país al desarrollo de estos proyectos tiene relación con el ordenamiento del territorio o si existe una comprensión del tema que no alcanza a dar respuesta a las demandas de la sociedad.

 

Definiciones

 

En primer lugar, hay que precisar lo que se entendería por ordenamiento territorial. Para algunos, es un proceso realizado por una comunidad para modificar un espacio con el fin de lograr un objetivo específico. En ese proceso existen acciones políticas, sociales, económicas, culturales y jurídicas. En el fondo no es más que una forma de gobernar el territorio y la población que está en el mismo.

 

Este es un tema que se encuentra en el origen mismo del pensamiento político moderno. En efecto, ya el creador del liberalismo político, Nicolás de Maquiavelo, había dicho que en épocas de paz es necesario que el príncipe conozca su territorio en toda su extensión con sus características geográficas y poblaciones, con el fin de que en tiempos de guerra pueda desenvolverse sin contratiempos.

 

En ese orden de ideas, se podría considerar que existen dos niveles de aproximación al ordenamiento territorial, pero no por ello independientes o excluyentes. Por el contrario, se entrelazan y se complementan.

 

Uno es el político y otro el jurídico. En el primero, el tema puede ser visto como una forma en que fuerzas sociales y políticas con diferentes intereses regionales o locales desconocen los intereses nacionales. Bien porque no fueron consultadas o bien porque va en contra de vocaciones o visiones que son opuestas, en cuanto al desarrollo y al bienestar de la población y la zona.

 

Sin embargo, los defensores de estos proyectos no miran la situación con ese enfoque. Consideran que se trata de intereses enemigos al desarrollo, que carecen del conocimiento real del tema, pero, sobre todo, lo miran como una especie de complot de fuerzas antisistema enemigas de las multinacionales. Tal vez, existan en esos movimientos personas o sectores oportunistas que se oponen al desarrollo.  

 

Quizás, ambas partes tienen razón, parcialmente. En un país que históricamente es de regiones y donde no se ha consolidado un proyecto con objetivos y propósitos nacionales pactados entre todos los sectores, es lógico que existan tensiones y contradicciones en las aspiraciones locales y centrales.

 

Pero en el fondo, cuando se observan los planteamientos y reivindicaciones de la población, se puede deducir que, efectivamente, la mayoría tiene perspectivas e inteligibilidades diferentes para su región. No por ello pueden ser descalificados como personas carentes de razón y juicio.

 

Las sociedades, por más que actúen como masa, conservan una capacidad racional que les permiten diferenciar situaciones y posiciones. Por ello no es correcto descalificar estos planteamientos con argumentos despectivos.

 

Debería preguntarse si en el país se ha permitido que las sociedades realmente se apropien de su territorio, lo modifiquen, transformen y desarrollen de acuerdo con sus objetivos e intereses. O si, por el contrario, ese desarrollo se ha dado contradiciendo el querer de esos grupos sociales. Es decir, se ha generado un proceso de arriba hacia abajo y no de abajo hacia arriba, lo cual, necesariamente, conduce a conflictos y tensiones que afloran en procesos en los cuales se acentúan procesos de participación y descentralización.

 

Ahora bien, en un marco político de tensión y conflictos sociales, se recurre a la ley como simple referencia a la defensa de cada posición que se adopte sobre el tema. Sin embargo, al analizar el marco constitucional y legal en una perspectiva jurídica, pueden surgir otras visiones sobre el tema.

 

La sostenibilidad

 

En efecto, jurídicamente existen dos conceptos sobre el ordenamiento del territorio. Uno que corresponde a la división administrativa del territorio para el cumplimiento de sus funciones y prestación de servicios a su cargo.

 

En relación con los municipios, la Constitución establece que el municipio es la entidad fundamental de la división política-administrativa del Estado a la cual le corresponde, entre otros objetivos, ordenar su territorio, convirtiéndolo en el máximo gestor del desarrollo de su territorio y del bienestar de la población que lo habita.

 

Un segundo concepto es dado por la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (L. 1454/11), que lo define como un instrumento de planificación y de gestión de las entidades administrativas y de construcción colectiva de país.

 

Se establece como principio la sostenibilidad, la cual consiste, entre otros temas, en conciliar el ordenamiento del territorio con la sostenibilidad ambiental. Es decir, nada se indica sobre la potestad del municipio en buscar que el ordenamiento territorial realmente concilie diversos intereses y, sobre todo, la sociedad se apropie de ese espacio.

 

Al seguirse considerando el ordenamiento territorial como un simple instrumento administrativo, se pierde la visión de una forma de ejercer el arte de gobernar en ese espacio, lo cual incrementa la distancia entre la sociedad que lo habita y quienes definen los alcances de la administración de ese territorio.

 

Esto, unido a una ausencia de capacidad de conciliación de la sociedad, genera una confrontación desde lo ambiental por ser el componente que engloba toda la complejidad de una sociedad, el cual conduce a la oposición a proyectos que son vistos como imposición y no realmente como una construcción colectiva de desarrollo y bienestar. 

 

Así pues, la oposición a los grandes proyectos es, en parte, consecuencia de una falta de reconocimiento de las comunidades asentadas en ese espacio y, sobre todo, de una concepción del tema que se limita a establecer usos, mas no a ser el elemento estratégico y fundamental de un grupo social. Las consultas populares no son, pues, ni un rechazo al desarrollo, ni producto de un complot de sectores antinación, sino la mera expresión de grupos sociales que no se sienten identificados con el modelo de ejercicio del poder en su territorio. Es necesario abordar esta situación con una visión que supere la tradicional idea de usos y gestión para darle el valor de factor estratégico para gobernar la sociedad, con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible.

 

A nuestro juicio, la oposición al desarrollo de proyectos debe mirarse con una óptica propositiva de aporte a la construcción de sociedad, de búsqueda de soluciones negociadas, y no en una perspectiva preponderantemente de confrontación y negación del otro. 

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