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Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Análisis

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La relación entre tratados de libre comercio y medio ambiente

26 de Noviembre de 2015

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Luis Fernando Macías Gómez

Abogado Macías Gómez & Asociados

lufemago@maciasabogados.com

 

En los últimos años, Colombia ha suscrito una serie de tratados de libre comercio (TLC) con EE UU, Canadá y la Unión Europea, principalmente, y otros se encuentran en curso.

 

Todos ellos se consideran instrumentos fundamentales para lograr una incorporación de la economía colombiana en el gran mercado global en proceso de consolidación, dentro de una política de apertura a la inversión extranjera, buscando de esa forma un mayor desarrollo o mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos. Ese es, al menos, el discurso oficial.

 

El medio ambiente y el comercio han sido dos temas de discusión y debate, llegando a considerarlos, incluso, en constante tensión. En efecto, es innegable que un mayor crecimiento económico necesariamente genera mayores efectos ambientales. Sin embargo, también es cierto que las nuevas tecnologías y una visión distinta de un modelo económico de libre mercado y globalización han generado otras formas de usar los recursos naturales. Este nuevo marco ha logrado un mayor acercamiento entre el medio ambiente y el desarrollo, creando empresas cuyo capital más importante es justamente la producción sostenible.

 

Ahora bien, el debate se acentúa cuando se trata de los TLC, donde la discusión gira en torno a intereses económicos, políticos e ideológicos, dejando a un lado los temas ambientales, en especial en lo que hace relación a los aspectos relativos a la protección ambiental. Los TLC se preocupan por promover la conservación dentro de un marco de libre mercado.

 

Distintas visiones

 

Esta situación está enmarcada en dos visiones. Unos que consideran que el libre mercado tiene efectos negativos, en la medida en que genera una mayor degradación ambiental, sobre todo en los países en vía de desarrollo, que, por ser suministradores de materias primas, sufren un mayor impacto ambiental. Esto, dicen los críticos, trae consigo un debilitamiento de la legislación ambiental.

 

Por su parte, los partidarios de la apertura de mercados consideran que la liberalización comercial conlleva a una mejor protección ambiental, en cuanto genera un mayor desarrollo de los países y, por ende, más recursos para la protección y conservación ambiental, y contribuye al fortalecimiento institucional. Además, los tratados exigen un cumplimiento más efectivo en materia de promoción a la conservación. El libre mercado y la globalización fomentan un mayor uso racional de los recursos naturales, generando, de esta forma, una protección ambiental, señalan los defensores de esta posición.

 

Pese a las posiciones a favor y contra, lo cierto es que uno de los grandes retos de los TLC es su implementación. En efecto, cada tratado trae, por ejemplo, la obligación de establecer mecanismos de participación ciudadana, crear instrumentos que promuevan la protección ambiental y, en general, modernizar la normativa.

 

Derrumbar barreras

 

Por otra parte, debe tenerse en cuenta que es necesario que las normas ambientales no se convierten en barreras al libre comercio, esto exige, entonces, una revisión de la normativa para evitar esta situación. Así mismo, la implementación de la legislación ambiental no puede generar desigualdad en el trato entre los inversionistas extranjeros y nacionales. Esto, naturalmente, sin que los Estados renuncien a la soberanía en materia de protección al medio ambiente y la biodiversidad.

 

Es necesario tener en cuenta que una economía de libre mercado supone que es este quien regula las relaciones sociales, generando un retiro del Estado en muchas esferas de la vida social. Sin embargo, en materia ambiental, se mantiene un fuerte intervencionismo de Estado. Situación que necesariamente conduce a tensiones y conflictos, sobre todo cuando existe una legislación ambiental desueta, ajena a los procesos de internacionalización y, muchas veces, contradictoria, pues oscila entre la existencia de Estado regulador y el retiro de este para que sea el mercado el responsable de la regulación.

 

Otro aspecto que puede generar tensión y demandas para el Estado es la decisión de los jueces que en ocasiones hacen primar criterios de protección basados en el principio de precaución, desconociendo la existencia de contratos públicos suscritos. Este fenómeno, que si bien ya se está observando, podría, en ciertos casos, afectar la inversión extranjera y generar demandas contra el Estado, pues no solamente proceden estas acciones por legislación, sino por decisiones judiciales.

 

Es fundamental que el Estado conozca sus verdaderas obligaciones ambientales derivadas de los TLC, lo cual no se limita solamente a la declaratoria de principios proteccionistas, sino a garantizar una inversión sostenible y, sobre todo, a evitar una afectación a dicha inversión derivada por razones ambientales, como, por ejemplo, modificar las condiciones del uso del suelo luego de haber aceptado una inversión, bien sea a nivel local o por la declaración de áreas protegidas.

 

Pero el sector privado también debe preocuparse por conocer sus derechos frente a los TLC, por cuanto en ocasiones no basta los beneficios económicos generados, lo cual se logra si tiene claridad sobre la legislación aplicable y no limitarse a aspectos legales simplemente formales a los cuales se somete una actividad económica. No bastan las buenas relaciones para poder modificar las condiciones ambientales que se imponen, sino también respetar el orden constitucional ambiental del país.

 

Aplicación de normas ambientales

 

Por otra parte, las autoridades ambientales, tanto nacionales como regionales, deben propender por una mayor coherencia en la aplicación de la legislación y la expedición de normas, para lo cual es conveniente que analicen su gestión no solamente en el marco del deber de autoridad ambiental, sino, igualmente, en un marco de la política general del Estado.

 

Lo fundamental de conocer estos límites es evitar que el Estado se vea demandado ante instancias internacionales por incumplimiento de los TLC, por cuanto allí los árbitros fallan en derecho y no en la visión mesiánica de una pretendida protección ambiental. A su vez, es esencial que las inversiones se orienten a la sostenibilidad, contribuyendo a generar capital económico, social y ambiental.

 

Es indudable la importancia que tienen los TLC para el desarrollo del comercio, pero igualmente para buscar oportunidades que permitan desarrollar proyectos de conservación ambiental. Igualmente, los retos a nivel jurídico son enormes, pues Colombia requiere armonizar la legislación ambiental para hacerla acorde con las nuevas realidades derivadas del modelo económico establecido, lo cual va más allá de la expedición de decretos compilatorios.

 

La implementación debe obedecer a criterios ciertos y acordes con la seguridad jurídica, ya que, de lo contrario, el país se podría ver abocado a que se apliquen las cláusulas de salvaguardia y de protección a la inversión consagradas en los TLC.

 

Por último, los TLC también pueden generar beneficios derivados de la cooperación ambiental, pues en la medida en que se genere una transferencia de tecnología y de conocimiento, se fortalecen las instituciones, tanto públicas como privadas. El país debe buscar que las inversiones también incorporen el capital natural para contribuir a un verdadero desarrollo sostenible.

 

* Esta sección es patrocinada. Las opiniones aquí publicadas son responsabilidad exclusiva de la firma Macías Gómez & Asociados.

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