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27 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Ámbito del Lector


¡Evite sanciones! Si tiene una empresa en Colombia pronto vencerán obligaciones

19 de Marzo de 2024

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Nota:
177711

Katerine Mosquera

Abogada corporativa de la firma de Ventus Consultores

El próximo 31 de marzo vencen los plazos de dos de las principales obligaciones para todas las empresas del país. Por un lado, tenemos la renovación de la matrícula mercantil, un trámite que deben ejecutar todas las empresas para mantener su información al día y así desarrollar cualquier actividad comercial ante entes de control.

Es importante resaltar que la renovación o inscripción de la matrícula debe darse por parte de personas naturales o jurídicas ante la cámara de comercio que le corresponda. En el caso de las personas jurídicas, estas deben actuar a través de un representante legal para contraer las obligaciones. Tenga en cuenta que, si usted como comerciante o empresario no cuenta o no renueva su matrícula mercantil, en los primeros tres meses del año, podrá acarrear multas que pueden llegar hasta los 17 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) e impuestas por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.

El año pasado, según los datos que nos brinda Confecámaras, 2.161.000 empresas renovaron su registro mercantil, de las cuales el 69 % corresponde a personas naturales y el 31 % a personas jurídicas. Logramos registros que demuestran que el 93 % de las empresas son microempresas y el 4,8 % pequeñas. Esto denota el compromiso que se está reafirmando en el sector. Además, se refleja que el comercio al por mayor y por menor fue el sector que más renovaciones tuvo, así como el de alojamiento y servicios de comida, con 257.642 empresas e industria manufacturera con 206.929.

Otras responsabilidades para las empresas

Otra de las próximas obligaciones por presentar para las empresas es el acta de aprobación de los estados financieros, un documento mediante el cual queda contemplada la aprobación de los estados financieros del año inmediatamente anterior de una empresa y son aprobados por la asamblea de accionistas. Además de ser registrada en los libros de actas, el documento debe ser registrado ante la cámara de comercio del domicilio de la sociedad con fecha máxima el 31 de marzo del año en curso. Cabe recalcar que las empresas que no hagan la diligencia podrían recibir sanciones hasta de 200 SMLMV por parte de la Superintendencia de Sociedades.

Además de esta obligación, es necesario que se depositen los estados financieros ante la cámara de comercio de la ciudad en un plazo máximo de un mes posterior a la aprobación de los documentos. En resumen, este primer trimestre del año es trascendental para todas las empresas colombianas y así evitar multas y tener al día sus obligaciones.

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