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Actualizado hace 11 minutes | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Ámbito del Lector


Imperio de la ley y la jurisprudencia: una mirada desde la interpretación sistemática

03 de Agosto de 2021

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En Colombia, se ha dado un debate jurídico álgido en relación con las fuentes que integran nuestro sistema jurídico. El precepto normativo descrito en el artículo 230 de la Constitución Política dispone: “los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley. La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial”. A la luz de este artículo, la norma fundamental señala que la ley constituye una fuente en el Derecho y considera a la jurisprudencia como un criterio auxiliar en la actividad judicial ejercida por los jueces.

 

No obstante, debido a la relevancia que ha tenido la jurisprudencia y su frecuencia en la práctica jurídica, esta ha cobrado un carácter esencial al momento de dictaminar fallos judiciales en nuestra justicia colombiana, acogiéndose por medio del precedente judicial. Dado lo anterior, la Corte Constitucional, por medio del desarrollo de sus sentencias, ha venido ubicando a la ley y a la jurisprudencia prácticamente en un mismo nivel. Es por ello que resulta importante darle una mirada comprensiva desde los métodos de interpretación, específicamente el de la interpretación sistemática.

 

Ahora bien, el método de interpretación sistemática busca extraer del texto de las normas un enunciado cuyo sentido sea acorde con el contenido general del ordenamiento al que pertenece y procura el significado atendiendo el conjunto de normas o sistema del que forma parte. Así, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-569 del 2000, se refiere a la interpretación sistemática y expresa: “… no sirve de nada una interpretación que se reduce a una sola disposición, salvo cuando no existan otras expresiones”. Es decir, el alto tribunal destaca que una interpretación adecuada depende de la integración de otros artículos que se encuentran contenidos en diferentes regulaciones.

 

Asociando lo anterior a nuestra temática, se puede apreciar que la ley y la jurisprudencia reciben un tratamiento de interpretación sistemática, debido a que el precepto normativo descrito en el artículo 230 de la Constitución debe interpretarse no de manera aislada, sino en conjunto con los demás preceptos que forman parte del ordenamiento, en este caso, la jurisprudencia como un criterio auxiliar, bajo el sentido de que un enunciado normativo muchas veces se ve completado por otros enunciados pertenecientes al mismo ordenamiento o a otro distinto, es decir la interpretación de las normas jurídicas no puede hacerse sobre la base del aislamiento de los enunciados.

 

En suma, la interpretación sistemática se manifiesta a través de la interpretación adecuada de las leyes, amparada en la fuerza normativa. En últimas, la norma que se extrae debe estar en armonía con los fines y principios del ordenamiento jurídico, de tal manera que no haya incompatibilidad e incongruencia, esto obedece a que el ordenamiento jurídico es un sistema unitario y coherente.

 

En conclusión, la interpretación sistemática en cuanto a la ley y la jurisprudencia tiene dos características: (i) evita las contradicciones entre diversas normas de un sistema jurídico y (ii) entiende a las normas como parte de un todo normativo.

 

Daniel Suárez Jiménez, abogado de la Universidad Sergio Arboleda

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