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18 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Ámbito del Lector

Ámbito del Lector


¿Qué trae el nuevo Código de Policía en materia de minería?

09 de Febrero de 2017

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Nota:
12428

Con la entrada en vigencia del Código de Policía, el país cuenta con nuevas herramientas para proteger el medioambiente y, en especial, sancionar a quienes se dedican a la extracción ilícita de minerales.

 

Dentro de las innovaciones de la ley, se destacan castigos ejemplarizantes, como la suspensión de las actividades, multas y destrucción de los bienes que se utilicen para actividades enmarcadas en dicha extracción ilícita.

 

La Policía Nacional tendrá la facultad de aplicar el correctivo correspondiente cuando encuentre actividades que van en contravía de la minería bien hecha y, por lo tanto, no deban desarrollarse. Las sanciones se aplicarán para quienes adelanten actividades de exploración, explotación, minería de subsistencia o barequeo en bocatomas en áreas declaradas y delimitadas como excluibles de la minería, tales como parques nacionales naturales, parques naturales regionales, zonas de reserva forestal protectora, páramos y humedales Ramsar.

 

Otro de los grandes avances que trae la norma es el requisito que deben cumplir aquellos que se dediquen al beneficio o tratamiento de minerales, pues tendrán el deber de demostrar su procedencia y, lo más importante, ahora será viable sancionar a todos aquellos que los porten o almacenen sin contar con el certificado que demuestre su origen lícito.

 

Aunque la ley penal y el mismo Código de Minas ya lo menciona, el nuevo Código de Policía reitera que la realización de exploraciones y explotaciones mineras sin el amparo de un título minero debidamente inscrito en el Registro Minero Nacional y sin la obtención de las autorizaciones ambientales necesarias para su ejecución dará lugar a medidas correctivas, según el caso.

 

De otro lado, está la nueva competencia concedida a los gobernadores para tramitar amparos administrativos, cuya previa gestión la encabezaba solamente la Agencia Nacional de Minería y las alcaldías. Esta herramienta jurídica ahora podrá ser presentada por cualquier persona o entidad que tenga conocimiento del ejercicio de extracción ilícita de minerales en cualquier región de Colombia.

 

En suma, el reto más grande será el administrativo: lograr que todos los esfuerzos de los diferentes actores públicos y privados se materialicen y se refleje así un cambio con el cual se protegerá el medioambiente y nuestros recursos naturales no renovables, parte fundamental en el rompecabezas del desarrollo de nuestro país.

 

Camilo Andrés Tovar Perilla, abogado especialista en Derecho del Medio Ambiente, Bogotá.

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