14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Una conducta determinante de la víctima en la producción del daño descarta la responsabilidad de un tercero (8:52 a.m.)

19 de Agosto de 2014

Reproducir
Nota:
62278
Para que se establezca la culpa exclusiva de la víctima y se descarte la atribución del daño a un tercero, es necesario que la conducta, bien sea positiva o negativa, de quien padeció directa o indirectamente el daño sea determinante en las lesiones ocasionadas, recordó el Consejo de Estado. En el caso analizado por la sala, el hijo menor de edad de un agente de la Policía adscrito a la unidad de antinarcóticos conducía una cuatrimoto en el parqueadero del sitio de trabajo de su progenitor, mientras este laboraba. Al ser descargadas allí unas garrafas de ácido sulfúrico, el menor colisionó con una de ellas, se impregnó de su contenido y esto le causó la muerte y ocasionó lesiones al agente. En este caso, indicó la corporación, la conducta del agente fue altamente imprudente y negligente, causa eficiente y determinante de los daños producidos, pues no se trató de una circunstancia aislada en el curso fenomenológico lo que produjo el daño, sino una cantidad de variables que no solo hacían previsible el hecho, sino que evidenciaban una absurda exposición al riesgo, siendo esta, sin duda, la causa directa y única de su producción (C.P. Enrique Gil Botero).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)