Traspaso de vehículo a persona indeterminada se amplía por un año más (1:22 p.m.)
22 de Octubre de 2014
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Nota:
97248
Con la Resolución 10028 del 2012, el Ministerio de Transporte estableció el procedimiento para el registro de propiedad de vehículos a personas indeterminadas. Esta medida tuvo una vigencia de dos años desde el 16 de octubre del 2012, fecha en la cual fue publicada la resolución en el Diario Oficial. Sin embargo, los ciudadanos manifestaron la necesidad de ampliarla, con el fin de subsanar el registro de los vehículos que hoy se encuentran a su nombre y de los cuales desconocen el paradero del poseedor. Entonces, la entidad expidió la Resolución 3123 para prorrogar, por el término de un año, a partir del pasado 17 de octubre, lo contemplado en la resolución citada inicialmente. Vale la pena señalar que la Resolución 10028 estipula que el titular del procedimiento para la inscripción del traspaso a persona indeterminada es el propietario registrado ante el organismo de tránsito, quien puede actuar directamente o medio de apoderado, siempre y cuando se encuentre bajo las siguientes circunstancias: estar a paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo, salvo que goce de alguna exención tributaria; demostrar que han transcurrido al menos tres años contados desde el momento en que dejó de ser poseedor; que no cuente con el contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso y que las circunstancias en que se encuentre no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, previstas en el artículo 40 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
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