Todas las medidas administrativas de carácter general por coronavirus tendrán control inmediato de legalidad
20 de Abril de 2020
El Consejo de Estado determinó que todas las medidas administrativas de carácter general que se hayan expedido a partir de la declaratoria de emergencia originada por el coronavirus serán objeto de control inmediato de legalidad, sin necesidad de que se interponga demanda alguna. Según la corporación, incluso cuando la medida bajo estudio hubiera sido declarada inexequible por la Corte Constitucional, la jurisdicción ejercerá el control inmediato que le ordena la ley, con el fin de examinar la legalidad de la determinación mientras esta estuvo en vigencia. Esto implica que los decretos, resoluciones, circulares y demás actos de la administración que hayan expedido las autoridades a partir del 17 de marzo, cuando se decretó la emergencia, serán objeto de este juicio de legalidad, a pesar de que hayan sido dictadas en el marco de las facultades ordinarias de cada entidad (C.P. William Hernández).
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