Alcaldes deben orientar y acompañar a los comités de desarrollo y control social de servicios públicos domiciliarios (2:33 p.m.)
122367
05 de Febrero de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Los conceptos de capacitación y asesoría, en los términos de las funciones de los alcaldes en cuanto a los comités de desarrollo y control social en materia de servicios públicos domiciliarios, deben entenderse en su significado castizo y, por ende, la responsabilidad de los municipios se limita a orientar y acompañar de forma permanente a dichas estructuras en el ejercicio de sus funciones, brindando consejo a las mismas y habilitándolas, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos. No obstante, los municipios y distritos pueden establecer como política pública territorial apoyos adicionales para los mencionados comités.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!