Sección Segunda hace una nueva precisión para jueces sobre la condena en costas
30 de Abril de 2020
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Nota:
115507
El Consejo de Estado señaló recientemente que el ordenamiento jurídico deja a disposición del juez la procedencia o no de la condena en costas, pues para ello debe examinar la actuación procesal de la parte vencida y comprobar su causación, mas no el simple hecho de que las pretensiones del proceso le fueron desfavorables a sus intereses. Encuentre la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto objeto de estudio por parte de la Sala.
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