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24 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Sancionado exdirector de Administración Judicial por irregularidades en tarifas de parqueaderos de vehículos inmovilizados

19 de Enero de 2022

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En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con 10 meses de suspensión e inhabilidad especial a Carlos Enrique Másmela González, exdirector ejecutivo seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca, por irregularidades cometidas durante el proceso en el que se definieron las tarifas para la inmovilización de vehículos por orden judicial y con el registro de los parqueaderos habilitados para ese fin.

El investigado se limitó a fijar tarifas que no estuvieron amparadas en estudios adecuados de mercado y que resultaron en variaciones desproporcionadas entre un año y otro, y que no se relacionaban con el servicio de parqueadero prestado, situación que afectó a los ciudadanos. Dicha conducta no era la que se esperaba de quien tenía la función de fijar esas tarifas, de verificar el funcionamiento de los que parqueaderos que había habilitado y/o de exigir al equipo de trabajo a su cargo hacerlo, lo que llevo a la vulneración del principio de eficacia, que rige la función administrativa.

Las normas expedidas en materia de fijación de tarifas y requisitos para la prestación del servicio de parqueadero para vehículos inmovilizados por orden de autoridad judicial persiguen que quienes eventualmente tengan que acarrear con dicha consecuencia reciban un trato justo, digno, proporcional y legal por parte de la administración de justicia.

La conducta del funcionario investigado fue calificada por el Ministerio Público como grave a título de dolo. Teniendo en cuenta que el disciplinado ya no se encuentra vinculado a la entidad, la suspensión se convertirá en salarios mínimos de acuerdo con lo devengado para el momento de comisión de la falta. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.

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