Sancionada ley que da prelación a mujeres cabeza de familia e informales en el otorgamiento del subsidio de vivienda y permite entregarlo, por segunda vez, en ciertos casos (10:52 a.m.)
05 de Enero de 2011
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Nota:
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En adelante, el subsidio familiar de vivienda se otorgará para acceder a una solución de vivienda de interés social (VIS) o de interés prioritario y se dará prelación a las mujeres cabeza de familia, a las trabajadoras informales y a las madres comunitarias. Según la Ley 1432, sancionada ayer por el Gobierno, los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda cuyas viviendas hayan sido o sean afectadas por desastres naturales, por la declaratoria de calamidad pública o estado de emergencia o por atentados terroristas tendrán derecho a postularse nuevamente para acceder a esa ayuda estatal y podrán postularse para acceder a un subsidio adicional, con destino al mejoramiento de la vivienda urbana o rural, en la cuantía que fijará el Gobierno en tres meses. Los usuarios de créditos de VIS o prioritario que sean cabeza de hogar, que hayan perdido su vivienda como consecuencia de una dación en pago o por remate judicial también podrán recibir el subsidio de vivienda, por segunda vez.
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