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Salvamentos de voto no prueban la existencia de un error judicial (3:21 p.m.)

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17 de Marzo de 2014

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Los salvamentos de voto constituyen la manifestación de opiniones disidentes en el ejercicio de la magistratura, que no tienen por finalidad deslegitimar la decisión adoptada por la mayoría, sino la de formular una crítica útil a la sentencia o expresar un punto de vista jurídico distinto. De esta manera, el Consejo de Estado advirtió que el hecho de que uno o varios magistrados puedan discrepar razonablemente de la decisión adoptada mayoritariamente por la sala o corporación judicial a la cual pertenecen no es razón suficiente para afirmar que es contraria a Derecho. Para que se configure el error jurisdiccional, el demandante debe demostrar que en el caso concreto el juez no cumplió con la carga argumentativa de justificar que su respuesta era la única correcta, recordó la Sección Tercera (C.P. Danilo Rojas Betancourth).

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