Reiteran responsabilidad estatal derivada del incumplimiento de deberes por las Fuerzas Armadas (9:05 a.m.)
24 de Diciembre de 2014
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Nota:
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Los miembros de las Fuerzas Armadas deben proteger la vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades de todos los residentes en Colombia. Así lo recordó la Sección Tercera del Consejo de Estado al señalar que el Ejército está obligado a diseñar las estrategias, protocolos y políticas de seguridad dirigidas a reducir los riesgos a los que normalmente están expuestos los habitantes. De ese modo, el servicio prestado tiene que ceñirse estrictamente al principio de planeación, según el cual las fuerzas militares deben proyectar, preparar y distribuir las acciones, teniendo en cuenta las características del grupo militar y el análisis efectuado a la población ubicada en el lugar del operativo, con el fin de prevenir y contrarrestar las situaciones que podrían lesionar el bienestar de la comunidad, resaltó. Dado que las obligaciones de las distintas autoridades públicas son de medio, ellas están llamadas a establecer las medidas de salvaguarda que sean razonables, proporcionales y pertinentes, para evitar la violación de los derechos fundamentales, especialmente en el marco del conflicto armado interno, sostuvo la sentencia (C. P. Jaime Santofimio).
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