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Reiteran que juez está obligado a conocer las reglas mínimas que rigen su cargo (12:53 p.m.)

100861

29 de Abril de 2015

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó el fallo que sancionó con amonestación escrita a un juez promiscuo municipal, pues omitió decretar la etapa probatoria en un proceso ejecutivo singular. Según el alto tribunal, el disciplinado actuó de forma culposa, al no proferir el auto correspondiente antes de valorar las pruebas, es decir, pretermitió una etapa inherente a ese proceso, lo que genera un mal ejemplo para los demás servidores públicos y afecta la credibilidad de la institución. La actuación que no verifica las exigencias legales tendientes a salvaguardar el debido proceso y el derecho de defensa es contraria al deber funcional, teniendo en cuenta que el juzgador está obligado a conocer las reglas mínimas que rigen el ejercicio de su cargo, señaló la providencia. La magistrada Julia Emma Garzón salvó el voto parcialmente, al considerar que la Sala debió estudiar la antijuridicidad material de la conducta y no el concepto de ilicitud sustancial (M. P. María Mercedes López).

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