Reglamentan las asociaciones o alianzas para la prestación de servicios de salud (3:03 p.m.)
05 de Enero de 2011
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Nota:
70930
Con el propósito de ampliar la cobertura de atención en salud, mejorar la calidad en su prestación y reducir inequidades en el acceso a los servicios, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Circular Externa 67 del 2010, reglamentó las asociaciones o alianzas estratégicas para la prestación de tales servicios. Según la directriz, los prestadores de servicios de salud podrán asociarse con otros prestadores para ofertar conjuntamente servicios de salud, siempre y cuando no se configure la doble habilitación de un mismo servicio o la subcontratación o intermediación de servicios. También podrán aliarse o contratar con un tercer operador, persona natural o jurídica, el suministro de servicios de salud, bajo la figura de tercerización, outsourcing o externalización, sin que el tercero habilite los servicios objeto de la contratación o asociación.
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