Reglamentan la contratación de la administración del Fondo de Promoción Turística (2:37 p.m.)
05 de Octubre de 2011
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Nota:
76495
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentó el artículo 9° de la Ley 1101 del 2006, que lo faculta para contratar la administración del Fondo de Promoción Turística con entidades privadas del sector que reúnan condiciones de representatividad nacional. Según la Resolución 3513 del 2011, tendrán dicha calidad, entre otras organizaciones, las agremiaciones de aportantes de la contribución parafiscal destinada a la promoción del turismo, debidamente constituidas y con cobertura nacional, que representen, al menos, el 30% de tales aportes.
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