Recursos de las multas de tránsito son ingresos corrientes de la Nación cedidos a los entes territoriales (8:53 a.m.)
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22 de Enero de 2014
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Los recursos recaudados por concepto de multas y sanciones por infracciones de tránsito son ingresos corrientes de la Nación cedidos a los entes territoriales, sobre los cuales ejerce control fiscal la Contraloría General de la República y el legislador tiene una amplia facultad de intervención para determinar su uso y administración, pues se trata de fuentes exógenas de financiación. El ente de control rectificó el Concepto IE41526 del 2013, en el cual había afirmado que se trataba de ingresos que formaban parte de los presupuestos territoriales, sobre los cuales ejercían control las contralorías de los respectivos municipios.
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