Recurso extraordinario de revisión no debe tratar de enmendar los errores judiciales
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30 de Junio de 2020
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Una providencia del Consejo de Estado enfatiza que el recurso extraordinario de revisión tiene como finalidad principal la revisión de las decisiones adoptadas injustamente, es decir, por medios ilícitos o irregulares, pero no para tratar de enmendar los errores judiciales como los casos de inadecuada valoración de las pruebas (error de hecho), falta de aplicación de la norma correspondiente o indebida aplicación de esta (error de derecho) (C. P. Rocío Araújo).
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