Recuperación del espacio público no puede violar intereses de particulares (3:25 p.m.)
21 de Noviembre de 2014
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Nota:
97592
La administración, al adelantar un proceso de recuperación y mejoramiento del espacio público, no puede desconocer las expectativas económicas y sociales de los vendedores que tienen su negocio comercial como fuente exclusiva de ingresos y sustento de su núcleo familiar, aseguró la Sección Tercera del Consejo de Estado. Según la corporación, la responsabilidad de la alcaldía municipal frente a las plazas de mercado debe tener en cuenta el interés general, al igual que los derechos de los particulares y la prevención de daños antijurídicos, especialmente por su condición de ejecutora de los acuerdos adoptados por el concejo relacionados con los planes de ordenamiento territorial, disposición de predios y uso del suelo. Así las cosas, aunque prevalece la obligación estatal de recuperar el espacio público, esto no lo exonera de proteger los intereses de los particulares, resaltó el alto tribunal. En el caso concreto, el fallo declaró la responsabilidad del municipio de Neiva por los perjuicios causados a cientos de comerciantes afectados con la demolición de dos plazas de mercado y la falta de adecuación en las condiciones de reubicación en la nueva central de mercado minorista. A juicio del Consejo, la ejecución de las soluciones ofrecidas por esa entidad no fue eficiente ni eficaz, ya que la falta de estudios técnicos, jurídicos y económicos en los proyectos y actuaciones realizadas, y el incumplimiento de sus obligaciones reglamentarias y de los compromisos adquiridos con la comunidad causaron mayor desorden y violaron los derechos al trabajo y al mínimo vital, junto con la estabilidad laboral de los demandantes. Adicionalmente, la actuación administrativa desconoció la buena fe, confianza legítima, dignidad humana, igualdad y libertad económica de los vendedores perjudicados (C. P. Jaime Santofimio).
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