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Actualizado hace 15 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Publican sentencia que declaró constitucionales los macroproyectos de interés social en zonas rurales (1:58 p.m.)

12 de Mayo de 2015

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Nota:
100610
La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 2º (parcial) de la Ley 1469 del 2011, que adoptó medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y promover el acceso a la vivienda, en el entendido de que los macroproyectos de vivienda urbana en suelo rural deben adaptarse a las formas de vida campesinas que estén estrechamente asociadas a los procesos de producción de alimentos, y en ningún caso pueden implementarse en áreas que integren el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Según el alto tribunal, la Constitución Política no prevé una prohibición expresa de desarrollar proyectos de vivienda en suelo rural y este no está integrado solo por áreas portadoras de riquezas naturales, reservas ambientales o zonas destinadas a la producción de alimentos. Así mismo, sostuvo que con los macroproyectos de interés social nacional el Congreso pretende solucionar un problema de déficit habitacional en zonas rurales y, por esa vía, garantizar el derecho fundamental a la vivienda digna, además de que presuponen la activación de distintos tipos de control ambiental, por lo cual hay mecanismos institucionales de protección de los aspectos ambientales en zona rural (M.P. María Victoria Calle).

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