Prueba pericial se valora de acuerdo con la sana crítica (3:42 p.m.)
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09 de Febrero de 2016
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Para que la objeción del dictamen pericial por error grave prospere, se necesita que exista una equivocación de tal envergadura que conduzca a obtener conclusiones igualmente erradas y que se contradigan con la verdad, es decir, cuando se presenta una inexactitud de identidad entre la realidad del objeto sobre el que se rinda el dictamen y la representación que de él haga el perito. Esto recordó el Consejo de Estado en sentencia que buscaba resolver recurso de apelación sobre un asunto relacionado con el espectro electromagnético y la celebración de contratos para la prestación del servicio de televisión. El alto tribunal añadió que, además, no constituye error grave conclusiones o inferencias a que arriben los peritos, que bien pueden adolecer de otros defectos. La objeción por error grave debe referirse al objeto de la peritación y no a la conclusión de los peritos. (M.P Olga Mélida Valle de la Hoz).
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